OPINION N° D000012-2025-OECE-DTN - Monto vigente del contrato y aplicación de penalidades (Ley 30225 y su reglamento).

La OPINION N° D000012-2025-OECE-DTN, publicada el 24 de junio, está referida sobre la identificación del monto vigente del contrato para la aplicación de penalidades, considerando la anterior normativa Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Aclara que la definición de "monto vigente", según el citado reglamento se refería al contrato original afectado por las variaciones realizadas por cualquier reajuste y por las figuras de modificación contractual. 

La conclusión  fue la siguiente:

De conformidad con lo previsto en el artículo 162 del anterior Reglamento, para el cálculo de la penalidad por mora, debía aplicarse la fórmula empleando el plazo y monto vigente. De esta forma, según el concepto de contrato vigente previsto en el Anexo N° 1 “Definiciones” del anterior Reglamento, y considerando la naturaleza de los contratos de precios unitarios, el monto vigente del contrato era aquel obtenido de las valorizaciones de los metrados realmente ejecutados por el contratista y su afectación como resultado de las variaciones realizadas por los reajustes, las prestaciones adicionales, la reducción de prestaciones o las ampliaciones o reducciones del plazo u otras modificaciones del contrato.  

A continuación se puede encontrar y descargar la opinión citada previamente:


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